El Consejo de Departamento es el órgano colegiado de gobierno del mismo y estará formado por miembros natos y miembros electos.
Son miembros natos del Consejo: El/la Director/a, el/la Secretario/a, los y las miembros del Departamento con grado de doctor, el profesorado no doctor con vinculación permanente a la Universidad y dedicación a tiempo completo y el/la funcionario/a de administración y servicios responsable de la gestión administrativa del Departamento.
Además de los anteriores, formarán parte del Consejo:
- Una representación del resto del personal docente e investigador no doctor del Departamento, en razón de uno por cada cinco o fracción.
- Una representación del alumnado de Grado y Máster en las que imparta docencia el Departamento, que constituirá el diez por ciento del Consejo.
- Una representación del alumnado de Doctorado, que constituirá el diez por ciento del Consejo.
- Una representación del personal de administración y servicios directamente vinculado al Departamento, en razón de uno por cada cinco o fracción.
Las funciones del Consejo de Departamento son las que le atribuyen la Ley Orgánica de Universidades, los Estatutos de la Universidad, y demás disposiciones de aplicación.